Salario Mínimo Interprofesional 2024

13 de febrero de 2024

El Real Decreto 145/2024, emitido el 6 de febrero, establece las nuevas cuantías del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2024. A partir del 1 de enero de 2024, el SMI queda fijado en 37,80 euros diarios o 1.134 euros mensuales.


A continuación, se detallan las cuantías del SMI:


  • SMI diario: 37,80 euros.
  • SMI mensual: 1.134 euros.
  • SMI anual a efectos de compensación y absorción: 15.876 euros.
  • SMI para jornada legal en actividad para trabajadores eventuales y temporeros: 53,71 euros.
  • SMI por hora para empleados de hogar: 8,87 euros.


Es relevante mencionar que estas cifras representan un incremento del 5% con respecto a las cuantías vigentes hasta diciembre de 2023. Sin embargo, es importante señalar que estas nuevas cuantías no aplican automáticamente a las normas no estatales ni a los acuerdos privados que utilizan el SMI como referencia. Solo se aplicarán si se acuerda expresamente lo contrario. En estos casos, se seguirá tomando como referencia la cuantía del SMI vigente hasta ahora, a menos que exista una disposición expresa o un pacto en contrario.


Además, el RD 142/2024 introduce modificaciones en las retenciones para rentas bajas y medianas. A partir del 8 de febrero de 2024, no se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo cuya cuantía no supere los siguientes importes anuales:


Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente:

  • Sin hijos/descendientes: No se aplica retención.
  • Con 1 hijo/descendiente: 17.644 euros.
  • Con 2 o más hijos/descendientes: 18.694 euros.


Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales (excluidas las exentas):

  • Con 0 hijos/descendientes: 17.197 euros.
  • Con 1 hijo/descendiente: 18.130 euros.
  • Con 2 o más hijos/descendientes: 19.262 euros.


Otras situaciones:

  • 15.876 euros con 0 hijos/descendientes.
  • 16.342 euros con 1 hijo/descendiente.
  • 16.867 euros con 2 o más hijos/descendientes


Modificación de Retenciones para Rentas Bajas y Medianas (RD 142/2024):

El Real Decreto 142/2024 introduce cambios en las retenciones aplicadas a los rendimientos del trabajo para rentas bajas y medianas. A partir del 8 de febrero de 2024, se establecen las siguientes reglas:


  • Rendimiento neto del trabajo igual o inferior a 14.852 euros:
  • Se aplica una reducción de 7.302 euros al año.


  • Rendimiento neto del trabajo superior a 14.852 euros e igual o inferior a 17.673,52 euros:
  • Se calcula la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 euros.
  • Se multiplica esta diferencia por 1,75.
  • Se resta el resultado anterior de 7.302 euros.


  • Rendimiento neto del trabajo superior a 17.673,52 euros e inferior a 19.747,5 euros:
  • Se calcula la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros.
  • Se multiplica esta diferencia por 1,14.
  • Se resta el resultado anterior de 2.364,34 euros.


En el período impositivo 2024, para determinar el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo satisfechos antes del 8 de febrero de 2024, se considerarán las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2023.


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