Servicios a residentes de fuera de la UE

Silvana Cárcamo, Economista Área Fiscal • 17 de mayo de 2023

Si su empresa presta servicios profesionales (asesoría, abogacía, publicidad o similares) y tiene clientes que residen fuera de la Unión Europea, conozca los importantes cambios que se han introducido a partir de 2023 en el IVA.


SERVICIOS A EMPRESARIOS

Si su empresa presta servicios de publicidad, asesoramiento, auditoría, ingeniería, gabinete de estudios, abogacía, consultoría y similares (salvo los relacionados con inmuebles), el régimen de IVA aplicable hasta 2022 cuando los destinatarios eran empresas situadas fuera del territorio IVA de la Unión Europea (UE) o fuera de Canarias, Ceuta y Melilla era el siguiente: 

  • Estos servicios se entendían prestados fuera de España, y no debía repercutir IVA por ellos.
  • No obstante, había una excepción: los servicios cuya utilización o explotación efectiva fuese a realizarse en España se entendían realizados en España y sí debía repercutir IVA por ellos. Por ejemplo, si una multinacional americana contrataba a una empresa de publicidad española para que pusiese carteles con anuncios de su marca en las marquesinas de estaciones de autobús en España. 


El problema de esta regla especial era que en la mayoría de casos, al ser de fuera de la UE, los empresarios que recibían el servicio no podían recuperar el IVA. Esto provocaba que su empresa (así como otras empresas españolas de su mismo sector) perdiese competitividad respecto a otras entidades internacionales que no debían repercutir dicho impuesto.

 

Pues bien, con el objetivo de evitar esa pérdida de competitividad, a partir de este año se ha eliminado la regla antes indicada para el tipo de servicios intangibles que presta su empresa. Dicha regla sólo se conserva para servicios financieros y de seguros (por los que no se repercute IVA, al estar exentos) y en caso de arrendamientos de elementos de transporte (según Hacienda, para evitar situaciones de fraude que podrían darse). 


SERVICIOS A PARTICULARES

En caso de que su empresa también preste los servicios indicados a particulares de fuera del territorio IVA de la Unión Europea (UE) o de fuera de Canarias, Ceuta y Melilla, hasta 2022 no debía repercutir IVA español por ellos. Aunque la regla general establece que los servicios a particulares se entienden realizados en territorio del prestador del servicio (y, por tanto, deberían tributar por IVA español), era de aplicación una regla especial por la cual el tipo de servicios que presta su empresa (abogados, asesores...) se entendían realizados en el país del destinatario (y, por tanto, no estaban sujetos al IVA español). 


Pues bien, a partir de 2023 también se han producido cambios legales en estos casos. Aunque se mantiene la regla especial anterior, se establece el siguiente matiz: dichos servicios se entenderán prestados en España –y por tanto quedarán sujetos a IVA español– en caso de que su utilización o explotación efectivas por parte de los destinatarios vaya a realizarse en España. Esta medida, pues, es la inversa a la tomada respecto de los servicios prestados a empresas de fuera de la UE y también habrá que ver sus efectos sobre la competitividad. 


Por tanto, a partir de 2023, los servicios profesionales prestados a otros empresarios van sin IVA en todos los casos. No obstante, en caso de particulares dichos servicios tributarán por este impuesto cuando su utilización o explotación efectiva se produzca en España.


Consulte nuestra ÁREA FISCAL ante cualquier duda.

impuesto sociedades 2025, impuesto sociedades 2026, novedades impuesto sociedades, tipos sociedades
4 de mayo de 2026
Descubre las novedades del Impuesto sobre Sociedades 2025-2026 y cómo afectan a tu empresa. Optimiza tu fiscalidad con JAC Consulting.
José Antonio Cárcamo analizando previsiones económicas del primer trimestre de 2026 en JAC Consultin
Por José Antonio Cárcamo Hidalgo 30 de abril de 2026
Análisis de las previsiones económicas del 1T 2026 en España. Claves y tendencias del mercado para empresas. JAC Consulting.
Lista de documentación para solicitar la tarjeta de transporte de mercancías como operador logístico
7 de abril de 2026
Guía actualizada con la documentación necesaria para solicitar la tarjeta de transporte de mercancías como operador logístico en España en 2026.
Autorización de transporte en España: requisitos, tipos y gestión para autonómos y empresas
1 de abril de 2026
Tarjeta de transporte en España para autónomos y empresas: alta, renovación y gestión profesional sin errores ni complicaciones.
La Ley de Segunda Oportunidad permite a autónomos y particulares cancelar deudas y recuperar estabil
23 de marzo de 2026
La Ley de Segunda Oportunidad permite a autónomos y particulares cancelar deudas y recuperar estabilidad financiera en España de forma legal.
Ley de segunda oportunidad: requisitos y proceso
23 de marzo de 2026
Conoce los requisitos y el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad 2026. Abogados especialistas en JAC Consulting te guían hacia la exoneración de deudas.
Cumplimiento de normativa fiscal en empresas con enfoque en gestión tributaria y prevención de sanci
10 de marzo de 2026
Conoce los aspectos clave para cumplir con la normativa fiscal en tu empresa, evitar sanciones y mejorar la gestión tributaria de forma eficiente.
Asesoría jurídica para pymes y autónomos con enfoque en seguridad legal empresarial en España
3 de marzo de 2026
Descubre cómo la asesoría jurídica ayuda a pymes y autónomos a prevenir riesgos legales, mejorar decisiones y reforzar la seguridad empresarial.
Ver más

Suscríbete